Aquí tienes toda la información sobre la pensión mínima en España en 2020: cuál es la pensión mínima habiendo cotizado quince años, cuantías de la pensión contributiva mínima, ¡y considerablemente más!
¿Cuál es la pensión mínima en España? ¿Cuántos años hay que cotizar para cobrar esa pensión mínima? En esta guía hallarás toda la información sobre la pensión mínima contributiva y no contributiva en 2020.
Contenido del artículo
1. El sistema de pensiones en España
En España, en el momento de calcular el importe de una pensión deben tenerse en cuenta los próximos factores:
- Las bases de cotización de los últimos tiempos de la vida laboral. Para lograr la base reguladora (con la que se calcula el importe de la pensión) hay que partir de las bases de cotización de los últimos tiempos de la vida laboral (que van a ser los veinticinco últimos años desde dos mil veintidos).
- El total del periodo cotizado a la Seguridad Social. Desde dos mil veintisiete se demandará un periodo de cotización de cuando menos treinta y siete años para cobrar una pensión del cien% de la base reguladora.
- La edad de jubilación. En dos mil veinte, la edad de jubilación es de sesenta y cinco años para quien haya cotizado cuando menos treinta y siete años.
2. ¿Qué es el complemento a mínimos?
A lo largo de los últimos tiempos se han embrutecido los requisitos para acceder a una pensión. Es por este motivo que bastantes personas podrían llegar a verse con una pensión demasiado pequeña, e inclusive que no fuese suficiente para cubrir las necesidades básicas.
Es por este motivo que la ley prevé una pensión mínima que pueda asegurar que todas y cada una de las personas en este país reciben una prestación suficiente para hacer en frente de esas mínimas necesidades. Así, si la pensión que te toca por tus aportaciones a la Seguridad Social no llega el mínimo establecido, el Estado complementa esa cantidad hasta llegar a ese encuentre.
Dicha cantidad extra aportada por el Estado es lo que llamamos complemento a mínimos. Sin embargo, no todos y cada uno de los pensionistas están en su derecho a este complemento, siendo preciso probar que se carece de rentas superiores a una cantidad determinada (que va a ser mayor o bien menor conforme se tenga cónyuge o bien no) y acreditar que se radica en España.
3. Cálculo de la pensión mínima de jubilación en dos mil veinte
Vamos a ver cuál es la pensión mínima de jubilación en 2020 en todos y cada caso:
Después de los sesenta y cinco años
La pensión mínima con sesenta y cinco años queda de este modo en estos momentos:
Con sesenta y cinco o bien más años | Cuantía mensual en 2020 | Cuantía anual |
Con cónyuge a cargo | 843,32 | 11.806,51 |
Sin cónyuge | 683,50 | 9.569 |
Con cónyuge no a cargo | 648,69 | 9.081,66 |
Antes de los sesenta y cinco años
Estas son las cuantías de la pensión mínima de jubilación con menos de sesenta y cinco años:
Menos de sesenta y cinco años | Cuantía mensual 2020 | Cuantía anual |
Con cónyuge a cargo | 790,sesenta y cinco | 11.069,10 |
Sin cónyuge | 639,40 | 8.951,60 |
Con cónyuge no a cargo | 604,39 | 8.461,47 |
Procedente de gran invalidez
Cuando la pensión es por gran invalidez, las cuantías son estas:
Gran invalidez con sesenta y cinco años | Cuantía mensual 2020 | Cuantía anual |
Con cónyuge a cargo | 1.264,98 | 17.709,76 |
Sin cónyuge | 1.025,24 | 14.353,36 |
Con cónyuge no a cargo | 973,08 | 13.623,12 |
Con Incapacidad Permanente Absoluta
En caso de Incapacidad Permanente Absoluta las cantidades son las que vemos a continuación:
IPA | Cuantía mensual 2020 | Cuantía anual |
Con cónyuge a cargo | 843,32 | 11.806,48 |
Sin cónyuge | 683,50 | 9.569 |
Con cónyuge no a cargo | 648,69 | 9.081,66 |
Con Incapacidad Permanente Total
Si la pensión es por Incapacidad Permanente Total, las cuantías son estas:
IPT con 65 años | Cuantía mensual 2020 | Cuantía anual |
Con cónyuge a cargo | 843,32 | 11.806,51 |
Sin cónyuge (unidad familiar unipersonal) | 683,49 | 9.568,95 |
Con cónyuge NO a cargo | 648,68 | 9.081,sesenta |
IPT con entre 60 y sesenta y cuatro años | Cuantía mensual 2020 | Cuantía anual |
Con cónyuge a cargo | 790,65 | 11.069,13 |
Sin cónyuge | 639,40 | 8.951,64 |
Con cónyuge no a cargo | 604,39 | 8.3461,47 |
IPT derivada de enfermedad común con menos de sesenta años | Cuantía mensual 2020 | Cuantía anual |
Con cónyuge a cargo | 499,40 | 6.991,60 |
Sin cónyuge | 499,40 | 6.991,60 |
Con cónyuge no a cargo | 495 | 56.930 |
Orfandad
La pensión mínima en España por orfandad queda de este modo en 2020:
Cuantía mensual 2020 | Cuantías anuales | |
Por adjudicatario | 208,90 | 2.924,6 |
Por beneficiario con menos de dieciocho años y discapacidad de cuando menos el sesenta y cinco% | 411 | 5.754 |
Orfandad absoluta | ||
Un único beneficiario | 726 | 10.173,8 |
Varios adjudicatarios (N) | 208,9+517,8 | 2.924,6+7.249,2/N |
Favor de familiares
Veamos cuáles son las cantidades por pensión mínima en favor de familiares:
Cuantía mensual 2020 | Cuantías anuales | |
Por adjudicatario | 208,90 | 2.924,6 |
Si no hay viuda, huérfano ni pensionistas | ||
Un único beneficiario de sesenta y cinco años | 504,8 | 7.067,2 |
Un único adjudicatario con menos de sesenta y cinco años | 475,8 | 6.661,2 |
Varios adjudicatarios (N) | 208,9+308,9/N | 2.924,6+4.324,6/N |
Seguro Obligatorio de Vetustez y también Invalidez (SOVI)
Ahora veremos cuáles son las cantidades establecidas por Seguro Obligatorio de Vetustez y también Invalidez (SOVI):
Pensiones SOVI | Cuantía mensual dos mil veinte | Cuantía anual |
Vejez, invalidez y viudedad | 437,70 | 6.127,80 |
Prestaciones SOVI concurrentes | 424,80 | 5.947,20 |
Pensión no contributiva íntegra mínima
En 2020 se ha establecido una pensión mínima no contributiva íntegra de 395,52 euros por mes. Esto es en el caso de personas sin más ni más ingresos y sin personas a su cargo, puesto que en casos contrarios a este habría que calcular el importe hasta los encuentres establecidos.
4. ¿Cuál es el límite de ingresos para la pensión mínima?
Los límites de ingresos para la pensión mínima en todos y cada caso son los siguientes:
Límite de ingresos (pensión no incluida) | Cuantía anual |
Con cónyuge a cargo | 8.909 |
Sin cónyuge | 7.638 |
Con cónyuge no a cargo | 7.638 |
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