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Te notificamos sobre de qué forma lograr el certificado de empadronamiento en Toledo: documentación, oficinas y todos y cada uno de los datos que precisas.
¿Precisas información para solicitar el certificado de empadronamiento en Toledo? En este blog post te explicamos con todo detalle de qué forma censarte en esta urbe para lograr este documento, ¡pon atención!
1. ¿Quién debe censarse en Toledo?
Deben censarse en Toledo aquellas personas que radiquen habitualmente en la urbe. Esto quiere decir que en general vivan en ella, si bien a lo largo de una parte del año deban hacerlo en otro sitio. Si la mayor parte de los meses del año viven en Toledo, deberán censarse Aquí.
2. Requisitos para censarse en Toledo
Tan solo hay un requisito para censarse en Toledo, que es el que hemos indicado ya en el apartado anticipada: residir habitualmente en esta localidad.
Para censarse en Toledo solo se demanda radicar frecuentemente en esta urbe.
A su vez, para conseguir el certificado de empadronamiento en Toledo, el único requisito es estar censado Aquí.
3. ¿De qué manera pedir vez para el empadronamiento?
Para censarse en Toledo no es preciso pedir vez anticipada. Solo hay que presentarse en las oficinas pertinentes y en horario de apertura al público.
4. Documentos necesarios
Estos son los documentos que precisas para darte de alta en en Padrón Municipal de Habitantes de Toledo:
Españoles
- DNI original: es obligatorio para todos y cada uno de los mayores de catorce años.
- Ciudadanos españoles que procedan del extranjero sin DNI: se acepta el original del pasaporte hasta la que se consiga el documento de identidad, ya antes de seis meses. Desde ese instante, si no se presenta el original del documento de identidad se empezará el expediente de baja por inclusión incorrecta.
- Menores de catorce años: Original del Libro de Familia o bien Certificado de Nacimiento. Si lo tienen, deberán presentar asimismo el original del documento de identidad.
Extranjeros
- De Estados miembros de la UE, Islandia, Liechtenstein, Noruega y Suiza: Original en vigor de la tarjeta de vivienda, el pasaporte o bien el DNI del país de origen. En el caso de aportar el Certificado NIE, este deberá ir acompañado del pasaporte o bien del DNI del país de origen.
- Personas originarias del resto países: Original en vigor de tarjeta de la tarjeta vivienda o bien el pasaporte.
- Menores extranjeros que hayan natural de España, hasta los catorce años:
- El Libro de Familia o bien el Certificado de nacimiento expedido por las autoridades españolas,
- El pasaporte expedido por las autoridades de su país o bien la tarjeta de vivienda expedida por las autoridades españolas (deberá ir siempre y en toda circunstancia acompañado por libro de familia o bien certificado de nacimiento).
Representación de menores
- Menor que va a censarse con los 2 progenitores: Original del libro de familia o bien el certificado de nacimiento.
- Menor que se marcha a censar con solo uno de sus progenitores: Original del libro de familia o bien certificado de nacimiento, así como ciertos documentos siguientes:
- Autorización y copia del documento de identidad del otro progenitor.
- Guarda y custodia del menor en exclusiva concedida a ese progenitor por medio de resolución judicial
- Guardia y custodia compartida concedida a través de resolución judicial. En un caso así asimismo se precisa autorización del otro progenitor, salvo en caso de que la resolución judicial establezca el domicilio del menor, en tal caso va a haber que estar a lo que dicha resolución fije. Cuando la resolución judicial establezca que la vivienda del menor va a ser de forma opción alternativa con los 2 progenitores, precisará autorización del otro progenitor o bien resolución judicial que resuelva que el menor se censará con él.
- Menor que se censa con personas que no son sus progenitores: autorización de los 2 progenitores o bien en casos de tutela o bien acogimiento la resolución judicial o bien administrativa en la que esta se establezca.
5. Oficinas y horarios para censarse en Toledo
Para censarse hay que dirigirse a las Oficinas de Atención al Ciudadano de los Distritos, salvo la Oficina de Casco Histórico, en la que no es posible efectuar trámites. El resto son las siguientes:
Oficinas de asistencia en materia de registros
Son las siguientes oficinas:
- Oficina de Registro.
- Oficina de Registro Distrito-Norte
- Oficina de Registro Distrito-Centro
Horario: De lunes a viernes de nueve a catorce.
Oficinas del Distrito Norte
Formado por los barrios de:
- Las urbanizaciones de Valparaíso, La Legua y Vistahermosa.
- Buenavista.
- Las urbanizaciones de 3 Etnias-Finca Buenavista.
- Las urbanizaciones de La Bastida, San Bernardo, Montesión y Olivar de los Pozos.
Las oficinas del Distrito Norte son las siguientes:
- Oficina de Contacto del Distrito-Norte
Horario: de lunes a viernes de nueve a catorce.
Oficinas del Distrito Centro
A la que pertenecen los próximos barrios:
- San Antón – Avda. de Europa.
- Palomarejos.
- Vega Baja, San Pedro el Verde y Circo Romano.
- Santa Teresa-Reconquista.
Oficinas:
- Oficina de Contacto del distrito centro.
Horario: de lunes a viernes de nueve a catorce.
Oficinas del Distrito de Santa Bárbara
Las oficinas son las siguientes:
- Oficina de Contacto del Distrito de Santa Bárbara:
Horario: de lunes a viernes de nueve a catorce.
Las Oficinas del Distrito de Santa María de Benquerencia
De la que forman parte los próximos barrios:
- Polígono Industrial.
- Polígono /Santa María de Benquerencia (zona residencial).
Oficinas:
- Oficina de Contacto del Distrito-Polígono/ Santa María de Benquerencia
Horario: de lunes a viernes de nueve a catorce.
Amplía esta información sobre las oficinas de empadronamiento de Toledo aquí.
Más información
Ayuntamiento de Toledo_Padrón Municipal de Habitantes
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